Existe amenaza telemática cuando, por vía telemática, ya sea través de mensajes de whatsapp, emails, o por medio de publicaciones en las redes sociales, tweets, posts, chats..., se amenaza a alguien con causarle un mal o un daño, ya sea esta amenaza proferida de forma directa o indirecta
(como en el supuesto, por ejemplo, que la persona autora de la amenaza haya colgado algún mensaje intimidatorio dirigido a un tercero en la parte pública de su perfil en una red social).